Sentencia judicial contra minera Alumbrera: "El fallo es histórico porque sienta jurisprudencia"

Lo dijo Carlos Aranda, tras el fallo que dictó el juez Dip Tártalo del Centro Judicial Concepción en contra de la empresa. En la sentencia, el magistrado confirma la contaminación de la contaminación del agua de Alpachiri por metales pesados

 

Un histórico fallo se dictó contra minera Alumbrera por contaminación. La sentencia judicial se desprende del juicio iniciado hace 10 años por los hermanos Carlos y Antonio Aranda en contra de empresa. 

"El juez Dip Tártalo confirma, después de todos los estudios que hicimos, que el agua de Alpachiri estaba contaminada por metales pesados", confirmó Carlos Aranda.  

Indicó que "la sentencia que fue realizada por el juez civil de la II Nominación Eduardo Dip Tártalo del Centro Judicial Concepción, es clarísima; minera Alumbrera contamina, es un fallo ejemplificador y sienta una jurisprudencia histórica en nuestra el país”.

"El fallo es histórico porque realmente sienta jurisprudencia porque es la primera vez que un tribunal provincial dicta una sentencia por daños ambientales a Minera Alumbrera, entonces eso nos da pie para las futuras demnadas que pudiera haber por contaminación", destacó.

En la sentencia, que fue apelada por el los abogados de la empresa extranjera, el juez Dip Tártalo ordena a la empresa minera Alumbrera Ltda. que “realice todas las acciones necesarias para la recomposición integral de los daños ambientales causados por la actividad que desarrolla hasta la total desaparición de los agentes contaminantes del suelo y del aire, de las aguas superficiales y subterráneas, acompañando las pruebas necesarias al efecto. Reponga a su estado anterior de las áreas deforestadas y sin vegetación a causa de la apertura de caminos, calles, locaciones, picadas, zanjas, canteras, mineraloducto y toda otra actividad que haya ocasionado la pérdida del manto vegetal. Acompañe copias certificadas de los estudios sobre el agua de los ríos que cruza el mineraloducto en la provincia de Tucumán desde el año 1999 y que constituya o acredite haber formado el fondo de restauración ambiental previsto en el artículo 22 de la ley 25.675. Acredite la contratación el seguro de cobertura al que refiere el artículo 22 de le ley 25.675 e informe el plazo de cobertura, atento al hecho notorio del retiro de la firma del país. Si ya hubiera dado cumplimiento a alguna de estas medidas o esté en curso de cumplimiento como consecuencia del cierre de la mina, informe tal situación a este juzgado”. 

Por otra parte, en mismo fallo, el Juez aconseja al Poder Ejecutivo provincial, que por medio del Ministerio de Salud de la Provincia se proyecte la realización de un relevamiento actualizado de impactos tóxicos sobre la población de las cuencas de los Ríos Medina, Chirimayo y Gastona, con el objeto de detectar las enfermedades y/o patologías que guarden relación directa con la contaminación de la los acuíferos de la zona y que se disponga su atención médica inmediata.

Además que se instruya a los organismos provinciales como la Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres para que den inmediata respuesta a las cuestiones de implicancia social, sobre todo las ambientales, poniendo a cargo del Estado Provincial la realización de pericias.

Además la Sociedad Aguas del Tucumán (SAT. SAPEM) deberá realizar un informe acabado sobre el estado del servicio de agua potable de la ciudad de Concepción en la localidad de Alpachiri y las proyecciones para ampliar y mejorar tal servicio.

Los hermanos Aranda denunciaron hace 10 años la contaminación del agua de Alpachiri y Concepción, de acuerdo a estudios y análisis realizados en laboratorios de Argentina, Canadá e Inglaterra, que involucra directamente a la empresa minera Bajo La Alumbrera, emplazada en la vecina provincia de Catamarca.

G.I

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