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Explican la quita de la patria potestad a los padres por distintos delitos

La Cámara de Diputados aprobó una modificación que dispone la privación de la responsabilidad parental para los homicidas de sus parejas. El proyecto vuelve así a la Cámara alta para ser convertido en ley allí. El doctor José María Molina explicó los alcances de la norma.


La Cámara de Diputados aprobó este miércoles con modificaciones un proyecto que establece la privación de la responsabilidad parental para los homicidas de sus parejas, involucrando a ambos progenitores, con lo que el proyecto volverá así al Senado para su sanción definitiva.

Los cuatro hechos aberrantes que implican la pérdida automática de la responsabilidad parental, según el proyecto aprobado, son los de homicidio agravado por vínculo, por violencia de género, lesiones gravisimas y abuso del hijo o hija.

Tras una ardua discusión, el texto fue alterado en la Cámara baja para que la suspensión de la responsabilidad parental se aplique cuando se dicte el procesamiento, salvo cuando se trate de una mujer que, en legitima defensa, mate a su pareja. Es decir, si el homicidio es cometido por la mujer hacia el hombre pero hubiera existido violencia de género previa.

"Lo que hizo la Cámara de Diputados fue un proyecto de ley que se basa en suspender o en quitar automáticamente la responsabilidad parental de todas aquellas personas acusadas de delitos por homicidios agravados, en este caso del femicidio, otros delitos de índole sexual por parte del padre hacia su hijo y otros tipos de delitos. Cuando una persona está procesada o condenada por esos delitos se los privaría automáticamente de la responsabilidad parental", explicó el doctor José María Molina.  

"A mi opinión me parece bastante bien, bastante coherente el planteo de que los menores, en pos de su crianza, no pueden ser sometidos y estar bajo la tutela de aquellos que ocasionan la muerte de uno de sus padres", opinó el letrado.

El presidente de la Comisión de Legislación General, Daniel Lipovetzky, defendió el proyecto que modifica el Código Civil y Comercial respecto de la responsabilidad parental para casos de femicidios, que justificó como una reacción del Parlamento frente a situaciones “aberrantes de niños que quedaron a cargo del asesino de sus madres”.

“Está claro que la recuperación del niño no se puede dar si está a cargo de quien asesinó a su madre”, explicó el legislador, al destacar la modificación que él impulsó y que prevé la pérdida automática de la responsabilidad parental. “Estamos sacándolo de ese ámbito donde se está criando con la persona que asesinó a su madre”, explicó el legislador del Pro, que recordó además que el año pasado hubo un femicidio “cada 30 horas” en la Argentina.

Lipovetzky puso como ejemplo el caso de Rosana Galliano, quien fue asesinada, según determinó la justicia, pero los dos hijos de la víctima hoy están siendo criados por su padre, José Arce, y Elsa Aguilar, ambos considerados culpables del crimen y con prisión domiciliaria.

Compartió el tiempo de intervención con la diputada radical Alejandra Martínez, titular de la Comisión de Familia, quien calificó la modificación como “una deuda” del Parlamento, y elogió el trabajo “muy comprometido” de sus pares para tratar ese tema. En su caso, puso como ejemplo el caso de Maricel Sambrano, quien fue asesinada el 13 de julio de 2008. La justicia le concedió apenas 5 años de prisión a su pareja, el autor del crimen, y si bien la hija de ambos está a cargo de la abuela, la Justicia dispuso un régimen de visitas como si se tratara de un divorcio.

“La cuestión de la pérdida de la responsabilidad parental está contemplada en el Código Civil, pero para eso hay que iniciar un trámite en la Justicia que lleva varios años; entonces se trata de una revictimización”, expresó la legisladora jujeña.

La diputada explicó que en el artículo consensuado se estableció la vigencia de la norma para ambos progenitores, en el caso de delitos “gravísimos”, entre los que se incluyó a instancias de la diputada Analía Rach Quiroga también el abuso sexual.

Durante el debate, las diputadas Araceli Ferreyra y Victoria Donda Pérez expresaron ciertas críticas al proyecto, que consideraron no terminaba reconociendo la figura del femicidio, cosa a la que luego adhirió la diputada Soledad Sosa.

El proyecto ya cuenta con media sanción del Senado, pero la instancia del procesamiento no estaba contemplada en el proyecto aprobado en el Senado, por lo que, con el cambio previsto por los diputados, el texto volverá a la Cámara de origen, donde hay acuerdo por parte de la titular de la Comisión de Banca de la Mujer, Marina Riofrío, para conceder esta modificación.

Los cuatro supuestos en los que se aplicará la privación automática de la responsabilidad parental son homicidio agravado por el vínculo, femicidio, lesiones gravísimas y abuso sexual del hijo por parte del progenitor.

Los dos casos emblemáticos que reactivaron la necesidad de que el Congreso sancione esta ley fueron los de Rosana Galeano y de Wanda Tadei, cuyos familiares estuvieron presentes en la conferencia de prensa. 

G.I

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