LOCALES |

Desde hoy, afiliados al Subsidio de Salud ya no tendrán que retirar recetarios

El beneficiario debe concurrir directamente con la receta del médico a cualquiera de las farmacias habilitadas de la Red, donde se autorizará mediante un Sistema de Validación Online, según vademécum vigente.

El Instituto de Previsión y Seguridad Social (Ipsst) informó que a partir del lunes se dejarán de emitir y entregar recetarios porque no serán necesarios en el marco del nuevo esquema de atención de la obra social.

“Cuando uno vaya al médico, si el medicamento necesita que sea prescripto, el profesional deberá hacerlo en su recetario como se hace en muchas obras sociales y prepagas. Si uno va al médico y necesita prescribirle algún medicamento tiene que hacerlo en su recetario, el que utilizan habitualmente. Sí o sí tiene que tener el membrete del médico o el logotipo del centro donde trabaja y además la receta debe tener el nombre y apellido del paciente, su DNI o CUIL, y se pueden colocar en cada recetario hasta dos medicamentos y el diagnóstico”, detalló el titular del IPSST, Fernando Avellaneda.

De esta manera, el médico indicará los medicamentos, hasta cuatro mensuales por paciente con un tope de dos por recetario, y serán dispensados  en  la farmacia que el afiliado elija.

"El número de medicamentos por mes no ha cambiando, siguen teniendo hasta cuatro medicamentos por mes y los jubilados pueden tener hasta seis medicamentos, es decir hasta tres recetarios autorizados en el mes", indicó.

Las personas que adquirieron sus recetas antes del 1 de diciembre podrán usarlas hasta la fecha de su vencimiento.

Avellaneda también informó que desde el 1 de diciembre la dispensa de medicamentos del Plan Materno Infantil se realizará en las farmacias que el afiliado elija sin la necesidad de acudir al Departamento de Programas y Gestión Racional de Medicamentos, Calidad de Vida  o filiales para auditoría.

Este sistema busca facilitar el acceso a medicamentos concurriendo directamente desde el consultorio médico a la farmacia con el recetario oficial del Plan. Con esta alternativa, serán beneficiados más de 20.000 niños y embarazadas.

El beneficiario debe concurrir directamente con la receta del médico o pediatra a cualquiera de las farmacias habilitadas de la Red, donde se autorizará mediante un Sistema de Validación Online, según vademécum vigente.

La prescripción  debe contener:

-Membrete del médico o centro médico. Sello y Firma.
-Nombre completo y CUIL del afiliado
- Nombre del genérico (principio activo). Dosis, cantidad y presentación
-Diagnóstico

Por otra parte, el funcionario adelantó que a partir del 15 de diciembre, los beneficiarios que necesiten concurrir a la guardia de una clínica o sanatorio lo podrá hacer sin orden de consulta.

"La obra social acordó con clínicas y sanatorios que los beneficiarios que necesiten ir un fin de semana a las guardias pueden hacerlo sin la necesidad de llevar la orden de consulta, sino que directamente se hará la autorización en el centro médico. Este es un paso obligado para que el próximo año la autorización en línea sea una realidad y uno pueda ir al médico sin llevar nada", anunció.   

Consultas

Por cualquier duda e información ingresar a www.ipsst.gov.ar

Dejá tu comentario