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Divorcios: Qué tener en cuenta para encarar el proceso

Enfrentar un divorcio representa una cuestión complicada y de la que se tienen muchas preguntas. A propósito de este tema, la Dra. Gabriela Saade nos explica todos los pormenores de lo que significa esta cuestión judicialmente y porque es un trámite cada vez menos engorroso.

El trámite judicial de divorcio siempre puede generar diversos conflictos. Sea por la razón que fuere la separación sentimental se ve acompañada de un complicado trámite en los juzgados. Para aclarar un poco el panorama sobre este proceso consultamos a la Dra. Gabriela Saade, especialista en el tema. “Cuando se da el conflicto y ya las partes agotaron todas las instancias de solucionarlo, queda recurrir a un abogado y presentar una demanda judicial. Ahora, según el código civil hubo importantes cambios en la materia, ya que antes siempre había que buscar una causa, un motivo para divorciarse. La infidelidad, el motivo más usado, o causales objetivas como que había recurrido demasiado tiempo, ahora es mucho más sencillo, una de las partes puede plantear con su abogado la petición de divorcio sin evocar ningún tipo de causal. Pero esa demanda tiene que estar acompañada con una propuesta de convenio regulador, esto se refiere l alimento de los hijos, la responsabilidad parental, régimen de visitas, tiempo que va a pasar con el papa, los menores, tiempo con la madre”.

 

Para la doctora, el procedimiento es mucho más abreviado de lo que se cree. “En el sistema actual es muy sencillo porque se plantea la demanda por la petición de una de las partes, no hace falta la conformidad o petición en la demanda de la otra parte. Un divorcio puede salir en el plazo de seis meses porque si hay conflicto en lo referente a la distribución de los bienes o de los hijos, no impide que salga la sentencia de divorcio igual. La sentencia sale y luego se va a iniciar otro juicio por la división de los bienes si no hubo acuerdo”.

 

Niños

Con respecto a cual es el destino de los hijos luego de un divorcio aclaró. “Los niños menores, generalmente, quedan al cuidado de la madre, pero siempre resguardando el contacto y la cercanía con el padre que también tiene los derechos. Si no se pueden poner de acuerdo en que día u horarios los va a visitar, se puede hacer una petición al juez expresando los días u horarios de visitas. Lo importante es que sea lo más específico y detallado posible para evitar un conflicto futuro. Todo por escrito”.

“Cuando los niños quieren ir con su papa van a pedirlo de esa forma, el juez va a citar a los menores y va a hablar con ellos. También intervienen los defensores de menores, en casos de violencia pueden intervenir abogados de niños. Y en caso de que no vaya la mamá va a quedar a cargo el papá”, aseguró.

 

Bienes

La doctora remarca que la diferencia entre los bienes propios es decir un bien que los esposos ya tienen antes de casarse y todos los bienes que adquieran después de casados. Estos se llaman ganancial, pertenece a los dos y tienen que compartirlo. En caso de conflicto afirma que el juez siempre debe tener la última palabra. ”Si la señora no tiene a donde ir, no tiene ingresos propios ni recursos, el juez no va a permitir que vaya a la calle. Ahí lo que se analiza es si la mamá trabaja, tiene ingreso o si es posible la situación de lo que se venda. Si es valioso se divide y con la mitad puede adquirir otra vivienda. Si venden el bien es 50% y 50%”.

“Hay que tener en cuenta si hay hijos menores o no. Si los hijos son mayores el papa puede querer vender la casa no es lo mismo que una situación de una mamá con menores de edad. Con mayores que pueden proveerse de su vivienda en ese caso si la justicia autorizará que se dividan los bienes, a partir de los 21 años. SI los hijos siguen estudiando, la obligación alimentaria del papá continua y de la mamá también si tiene ingresos. No le podemos poner toda la carga a uno solo de los progenitores, la obligación pesa sobre los dos”, recalcó.

 

Alimentos

La doctora asegura, en el caso de los alimentos que puede plantearse como un punto dentro del convenio regulador, pero también puede presentarse independientemente.”Alguien que no quiera divorciarse, pero si necesita los alimentos para sus hijos. En ese caso también tiene que presentarse a tribunales inicia un procedimiento de mediación, se va a una mediadora y se puede llegar a un acuerdo rápido y efectivo en mediación, el convenio que se firme tendrá el mismo valor de una sentencia. Es un procedimiento más abreviado, es un trámite especial más rápido para que la mama que no tenga el dinero para mantener a sus hijos pueda mantenerlo rápidamente”.

 

“Cuando el papá no está pasando los alimentos, por ejemplo, desde hace 5 años de la separación. Cuando interpongo el pedido de mediación, los alimentos no se pueden reclamar retroactivamente. La demanda corre desde la fecha en que yo la presento, de ahí demando para el futuro los alimentos. Cuando no hay acuerdo existe una medida cautelar que se dice “alimentos provisorios” que va a fijar el juez y el papá los tiene que pagar. Es mucho más fácil percibirlo cuando el papá tiene un empleo en relación de dependencia, cuando el papá es independiente o no tiene trabajo queda más comprometido el cobro de los alimentos. Si tiene un trabajo estable con recibo de sueldo y está en blanco se hace un embargo”.

 

Ingresos

Al ser consultada sobre que se toma en cuenta en el proceso de los ingresos remarca la cantidad de hijos que hay, si la madre cuenta con ingresos  y cuánto gana el padre. “Generalmente es un 10% alrededor de cada hijo porque también al papá le tiene que quedar dinero suficiente para vivir él. La justicia resuelve ágilmente eso porque se entiende que es una cuestión indispensable para la vida de las personas. Muchas veces se resuelve en la mediación”.

 

Por último remarco que en caso de no llegar acuerdo en la distribución de bienes, el procedimiento llevará más tiempo. “Si no están de acuerdo se llama al perito, hace una tasación y puede que la tasación se impugne. Es un procedimiento que de verdad lleva más tiempo. Son procedimientos largos y engorrosos, ahora con buen criterio el código actual permite separar esas cuestiones. Rápidamente ante una propuesta del convenio, la otra parte se opone, pero eso no impide que salga la sentencia de divorcio.

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