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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un pedido de libertad de Fernando Esteche

El ex líder de la agrupación Quebracho está preso en la causa por encubrimiento del atentado a la AMIA.

El ex líder de Quebracho Fernando Esteche seguirá preso. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal ratificó el rechazo a un pedido de libertad en la causa por encubrimiento del atentado a la AMIA.

En un fallo dictado por los jueces Mariano Hernán Borinsky (presidente), Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de Esteche contra la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 8 que rechazó el pedido de excarcelación a raíz de "la gravedad del hecho atribuido y los antecedentes condenatorios que registra".

Esteche está imputado de los delitos de encubrimiento agravado, estorbo de un acto funcional y abuso de autoridad, como consecuencia de la denuncia por encubrimiento del atentado a la AMIA efectuada por el fallecido fiscal Alberto Nisman.

El ex líder de Quebracho había solicitado el beneficio ante el TOF 8 para ser liberado en virtud de los argumentos utilizados recientemente por otro tribunal para beneficiar al ex vicepresidente Amado Boudou.

Los jueces del TOF 8 coincidieron en señalar que la libertad de Esteche podría afectar la etapa previa del juicio y el desarrollo del mismo. Y recordaron que pesan sobre él dos condenas: una por daño e incendio y otra por intimidación pública agravada por el uso de explosivos.

Dada "la naturaleza y características de los hechos por los que fue condenado en aquellas dos causas deviene razonable presumir que, en caso de recuperar su libertad, podría conjeturarse el riesgo de verse afectado el normal desarrollo de la etapa preliminar del juicio como así también la celebración del propio debate", señalaron los jueces en el fallo.

La decisión fue tomada por unanimidad por los jueces José Michilini, Jorge Tassara y Gabriela López Iñíguez. Y ahora fue ratificada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.

Fuente: Infobae

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