Jujuy: Milagro Sala condenada a 3 años y dos meses de prisión

La Cámara de Casación Penal revocó la absolución y la sentenció por haber amenazado en octubre del 2014 a los policías de la Seccional 56º. Deberán cumplir la pena bajo el régimen de arresto domiciliario.

 

 La Cámara de Casación Penal compuesta por Cristian Guillermo Torres y los jueces habilitados Rodolfo Miguel Fernández e Isidoro Arzud Cruz, resolvió por unanimidad hacer lugar al recurso que interpuso el fiscal Darío Osinaga en representación del Ministerio Público de la Acusación y condenar a la dirigente social a 3 años y dos meses de prisión que deberán ser cumplidos bajo el régimen de arresto domiciliario.

Cristian Guillermo Torres, como presidente de la Cámara, afirmó que "la sentencia recurrida tiene por objeto la existencia y autoría de dos hechos diferenciados de amenazas, el primero al oficial de servicio Rubén Eduardo Vázquez de la Comisaría Seccional Nº 56, dependiente de la Unidad Regional Nº 7 de la Policía de la Provincia de Jujuy; y un segundo hecho, a la comisario Ángela Silvina Cabero".

"La imputada obró con dolo directo, puesto que no solo tenía pleno conocimiento de las llamadas, del contenido amenazante del mensaje y de las personas a quienes se dirigían las mismas, sino que lo hizo con la voluntad de actuar en ese sentido, circunstancia que pone de manifiesto la intención y el ánimo de amedrentar o de alarmar a los receptores de ambas comunicaciones, con la finalidad de ejercer presiones sobre el personal policial que se encontraba interviniendo en virtud de una denuncia para que liberen elementos que se encontraban bajo secuestro", agregó.

La resolución

La Cámara de Casación Penal resolvió "hacer lugar al recurso de casación interpuesto, casar la sentencia recurrida y declarar a Milagro Amalia Ángela Sala de Noro, como autora penalmente responsable del delito de amenazas previsto en el artículo 149 bis, primera parte, del Código Penal, por dos hechos en concurso real, conforme lo establece el art. 55 del Código Penal, y condenarla a la pena de tres años y dos meses de prisión en cumplimiento efectivo".

 

Fuente: El Tribuno

 

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