Los directores de escuelas serán designados como delegados electorales

Así lo resolvió la Junta Electoral Provincial. El objetivo de esta inicitaiva, que se aplicará por primera vez, es el “mejor desarrollo" de los comicios. La tarea será rentada.

La Junta Electoral de la provincia, que se encuentra en sesión permanente, resolvió designar a los directores o vicedirectores de escuelas, o a sus reemplazantes legales como Delegados de la JEP para “asistir a las autoridades de mesa, fiscales partidarios, personal de Gendarmería y electores en general” el 9 de junio próximo, día de las elecciones provinciales para renovación de autoridades. El objetivo de esta designación, que se aplicará por primera vez en una elección provincial, es el “mejor desarrollo del acto electoral”.

La JEP se apoyó en el artículo 24, inciso 4 de la ley 7876, que le da la atribución de “adoptar todas las medidas conducentes a asegurar la organización y el desarrollo de los comicios y el cumplimiento de la legislación electoral”. Consideró para ello la acordada N° 57/2009 de la Cámara Nacional Electoral por la que se creó la figura del Delegado de la Justicia Electoral y la recomendó por el positivo desarrollo de la tarea en diversas experiencias.

Más allá del apoyo a presidentes de mesa, fiscales partidarios, personal de Gendarmería, que custodiará el desarrollo de los comicios, y de los electores en general, los delegados tendrán “un absoluto respeto a las funciones y competencias propias de las autoridades de mesa, sin interferir en su desempeño”.

Su tarea en la etapa previa a los comicios será verificar a informar sobre la condición edilicia y funcional del establecimiento donde se votará y estar presente el sábado anterior (8 de junio de 2019) a las elecciones para recibir la documentación y el material electoral enviado por correo. El día de la votación (domingo 9 de junio de 2019) el delegado de la JEP  cooperará en la constitución de las mesas de votación y acondicionamiento del cuarto oscuro accesible, colaborará con el resguardo y distribución de las boletas de contingencia previstas en la legislación. Además deberá instrumentar los mecanismos para la sustitución de autoridades de mesa en caso de ausencia.

El delegado estará en permanente comunicación con la Junta Electoral para informar sobre cualquier inconveniente o irregularidad que se plantee y elaborar y remitir a la Junta Electoral un informe posterior al acto electoral, si se lo requiriera.

La tarea se le retribuirá con una suma equivalente al doble de lo que perciba un presidente de mesa.

A partir de esto, se constituirá un Registro de Delegados de la Junta Electoral con los directores, vicedirectores o sus reemplazantes legales para avanzar en su capacitación y actualización.

La Junta Electoral ya cuenta con una nómica provista por el Ministerio de Educación de autoridades de escuelas para desempeñar la tarea de delegados en las elecciones del 9 de junio.

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