La Dirección General de Rentas de la Provincia (DGR) recordó a los contribuyentes que el plazo para adherir al primer tramo de la moratoria provincial será hasta este lunes, 29 de abril, debido a que el 30 de abril no habrá actividad bancaria. Sin embargo, la prórroga para el pago de impuestos cuenta con dos tramos más y tiene vigencia hasta el 28 de junio.
El subdirector del área, Juan Fernández, detalló los beneficios de la moratoria provincial, que inició el primero de abril de este año:
El primer tramo, que es el que tiene más beneficios, vence el 30 de abril. En ese caso es importante destacar que hay un 90% de condonación de los intereses, es decir, el contribuyente pagará solo el 10% de los intereses que, a su vez, ya están reducidos”.
Si algún contribuyente quiere cumplir con la condición el día 30 de abril tendrá que hacerlo a través de Rapi Pago o Pago Fácil, remarcó el subdirector.
El segundo tramo, tiene un beneficio del 80%, si los contribuyentes solicitan hacer un plan de pago que se cancele hasta el mes de diciembre de este año; mientras que es de un 70% si solicitan el resto de los planes.
Fernández recordó además que los requisitos para acceder a la moratoria implican tener pagas las obligaciones de las cuotas de marzo y abril, para cualquiera de los impuestos que recauda Rentas de la Provincia.
La moratoria alcanza a todos los impuestos provinciales: Inmobiliario, de Automotores y Rodados, Sellos, Ingresos Brutos, Salud Pública y las tasas retributivas de servicios, la tasa Uso Especial del Agua y al CISI de Comunas Rurales.
“Para estos últimos casos también tienen que cumplir las condiciones en el pago de las cuotas tres y cuatro”, agregó Felipe Carrizo, del Departamento Técnico Tributario.
Por último, los contribuyentes deben tener en cuenta que el pago de las obligaciones se tiene que realizar en forma previa a la presentación de la solicitud de moratoria. “Luego se presenta en la casa central de Rentas o en cualquiera de las delegaciones que la dirección tiene, con las condiciones cumplidas, y el contribuyente se retira con su plan de pagos”, precisó el funcionario.
Es importante remarcar que el primer pago, el pago parcial o pago de contado, según la opción que haya elegido el contribuyente en la moratoria, se deberá a efectuar recién el 15 del mes siguiente.
Fuente: Comunicación Tucumán