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Suben un impuesto a las importaciones para apuntalar la recaudación

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial la nueva disposción. La tasa de estadística que paga la mercadería que ingresa al país, congelada en 0,5% desde 1998, subirá a 2,5% a partir del martes.

 

 El Gobierno aumentó de 0,5% a 2,5% la tasa de estadística que deben tributar las mercaderías que ingresan al país, a través del decreto 332/2019 publicado este lunes en el Boletín Oficial.

La suba de este impuesto a las importaciones le permitirá al Gobierno ganar algunos puntos de recaudación, en momentos en que el FMI advirtió que los ingresos tributarios vienen debajo de lo esperado y podrían complicar la meta de equilibrio fiscal para fin de año.

El Código Aduanero estableció que la importación o la exportación, fuere definitiva o suspensiva, podrá estar gravada con una tasa ad valorem por tal concepto, denominada tasa de estadística.

La ley 23.664, de 1989, dispuso que las mercaderías que ingresasen o saliesen del país bajo los regímenes de destinación definitiva de importación o exportación para consumo, gravadas o no con derechos, y las que se importasen o se exportasen de modo temporario, abonarían en concepto de servicio de estadística una tasa del 3%.

El 9 de enero de 1998 se redujo la tasa de estadística para las destinaciones alcanzadas por el tributo al 0,5%.

El Gobierno señaló que "han pasado más de 20 años desde la reducción de la alícuota de la tasa de estadística y del establecimiento de su tope, mediante los decretos mencionados".

Subrayó luego que "en estas dos décadas se han producido cambios tecnológicos, organizacionales y geopolíticos que modificaron sustancialmente el desarrollo de las tareas estadísticas sobre las importaciones".

El decreto indicó además que "las operaciones de comercio exterior requieren de actividades específicas del Estado nacional, las cuales comprenden registraciones, cómputos, sistematizaciones, fiscalizaciones, habilitaciones y certificaciones, entre otras tareas".

La justificación del aumento recordó que "países como Uruguay aplican a sus importaciones tasas con alícuotas superiores a las establecidas", y precisó que "el Congreso de ese país estableció la cuantía de la tasa consular aplicable a sus importaciones en un 3% intrazona y 5% extrazona".

El decreto destacó que "razones de equidad y política fiscal fundamentan que el sostenimiento de actividades concretas y determinadas realizadas por el Estado sea afrontado sustancialmente por quienes efectúan las operaciones que las motivan y no por la comunidad en su conjunto a través de rentas generales de la Nación".

Afirmó por último que el gobierno nacional "se ha propuesto equilibrar las cuentas públicas y eliminar el déficit primario a partir del año 2019", y concluyó que "en ese contexto, es necesario incrementar transitoriamente la alícuota de la tasa de estadística".

 

Fuente: TN

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