NACIONALES |

El decreto 678 eliminó la hora en pantalla y el aviso del inicio de la publicidad en TV

La norma, publicada hoy en el Boletín Oficial, lleva ese sugestivo número, que recuerda al programa kirchnerista en la TV Pública; por otra parte, esta semana el Congreso designaría a sus representantes en el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom)

La hora en pantalla, la advertencia del comienzo y fin del espacio publicitario, la inserción del número del aviso en cada comercial y la obligación de los emisores de presentar con anticipación la grilla de programas a emitir pasaron a formar parte de la historia. Todas esas disposiciones estaban contenidas en la ley de medios aprobada en 2009, en su decreto reglamentario 1225, de 2010, y en resoluciones de la ex Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca). Tampoco será obligatorio informar la composición accionaria de las empresas emisoras durante el prime time y se permitirá que ese trámite se cumpla en cualquier horario.


Todas esas decisiones se tomaron en la última reunión del directorio del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) y comenzaron a instrumentarse hoy con la publicación en el Boletín Oficial del decreto 678 (sí, el número de la norma remite al mítico programa de propaganda en la era kirchnerista) que elimina el segundo párrafo del artículo 81 -obligaba a identificar el inicio y el final del espacio publicitario en las tandas- y acota el alcance del artículo 76 del decreto 1125-donde decía que los emisoras "deberán" informar la hora "en la parte inferior de la pantalla", ahora dice que "podrán" hacerlo y no establece dónde-, con el que la presidenta Cristina Kirchner reglamentó la ley de medios en 2010.

En los considerandos del decreto 678, firmado por el presidente Mauricio Macri; el jefe de gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Comunicaciones, Oscar Aguad, se destaca un aspecto de la advertencia del comienzo y fin del espacio publicitario que siempre llamó la atención: el hecho de "que otras formas de publicidad tales como la Publicidad No Tradicional (PNT), incluyendo la sumatoria de auspicios o agradecimientos exhibidos que superen los sesenta segundos por hora, son contabilizadas dentro del tiempo máximo de emisión publicitaria, aunque no integran la tanda". También se indica allí, que la eliminación de esta disposición se hace "sin perjuicio de las obligaciones de los licenciatarios y titulares de registros de señales de respetar la separación de la publicidad respecto de la programación y el tiempo que destinan a ella." Respecto de la hora en pantalla, en los considerandos el decreto 678 sostiene que "con el advenimiento de las nuevas tecnologías, han devenido anacrónicos los métodos elegidos normativamente para que se brinde el servicio de hora oficial a la población en general".


Por otra parte, el Enacom eliminó la exigencia que pesaba sobre los canales de TV abierta de presentar la grilla de programación con un mes de anticipación, disposición que ahora podrá cumplirse con hasta diez días de vencido el mes en el que se hayan emitido los contenidos. En el Enacom, algunos de cuyos miembros provienen de la industria televisiva, consideraron que exigir la declaración previa implicaba el involucramiento del Estado en las estrategias comerciales y de producto de los canales. Como el objetivo de esas presentaciones es verificar el cumplimiento de los cupos de contenidos obligatorios exigidos en la ley de medios, en el Enacom creen que es suficiente con que la información esté disponible en los nuevos plazos. La misma modificación alcanza a los avisos publicitarios, que ahora también podrán registrarse con hasta diez días después del comienzo de su emisión. Hasta ahora, todas las piezas publicitarias televisivas debían contener sobreimpresas en pantalla la leyenda aclaratoria de si se trataba de un spot de producción nacional o extranjera, y el número de registro en la ex Afsca. Además, había que presentar una descripción del aviso. Ahora sólo será necesario registrarlo, y el plazo será más flexible. Tampoco será obligatorio informar en el prime time la composición accionaria de la empresa licenciataria. Esa exigencia podrá cumplirse en cualquier horario.

Directores del Enacom por el Congreso

Por otra parte, este martes se reunirá por primera vez la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización, encargada de aplicar las leyes de medios, Argentina Digital y el DNU 267/15 que las reformó y derogó parcialmente. Según pudo saber LA NACIÓN, en este primer encuentro, además de elegir a sus autoridades -el gobernante frente Cambiemos reclama para sí la presidencia aunque no tiene mayoría propia para imponerse-, la comisión propondrá a los representantes de las tres primeras minorías que completarán el directorio del Enacom, hasta ahora integrado por los cuatro directores designados por el presidente Mauricio Macri.

Aunque no están confirmados, desde hace semanas suenan con fuerza los nombres de los tres candidatos para esos asientos. El kirchnerismo propondrá al empresario de medios Guillermo Jenefes, ex vicegobernador de Jujuy y ex senador que tuvo un papel clave en la aprobación en 2009 de la ley de medios -al ceder en su resistencia de habilitar el tratamiento en la comisión de Comunicaciones, que lideraba por entonces-; el frente Cambiemos propondrá a otro jujeño, el ex diputado nacional de la UCR y ex director de la Aftic Miguel Giubergia (que es impulsado por el actual gobernador de Jujuy, Gerardo Morales); y el Frente Renovador impulsaría a Claudio Ambrosini, vocero de Sergio Massa.

El Enacom fue creado por el DNU 267/15, que disolvió y unificó las autoridades federales de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Aftic). Ese ente está compuesto por siete integrantes, cuatro designados por el Poder Ejecutivo y tres por el Congreso.

Dejá tu comentario